lunes, 24 de septiembre de 2018

IPN. MATERIA: PLANEACIÓN DE NEGOCIOS INTERNACIONALES. LECTURA SOBRE BARRERAS ARANCELARIAS Y NO ARANCELARIAS AL COMERCIO EXTERIOR.

Administrador


Ciudad de México, a 24 de septiembre del año 2018.

Estimados todos alumnos de la clase de planeación de negocios internacionales, en este blck les mando una lectura complementaria relacionada con el tema sobre las restricciones arancelarias y no arancelaras al comercio exterior, la cual revisaremos en octubre en clase, por favor revisenla, en posterior fecha les envío cuestionario y actividad de aprnsizaje de la misma.



RESTRICCIONES AL COMERCIO EXTRIOR:


file:///C:/Users/araceli/AppData/Local/Temp/Rar$DIa0.749/dinamismo-comercial.pdf



Saludos afectuosos


Dra. Araceli García Lomelí

viernes, 21 de septiembre de 2018

IPN. MATERIA: PLANEACIÓN DE NEGOCIOS INTERNACIONALES. Lecturas complementarias para el tema de industrias

Administrador





Ciudad de México, a 2 de septiembre de2018.

Estimados todos:

Les señalo las lecturas relacionadas con el tema de "la Industria", que deberán revisar para continuar con su planeación de negocios lecturar que platicaremos en clase.



https://books.google.com.mx/books?id=QgZ3DgAAQBAJ&printsec=frontcover&dq=industrias&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwiq7OO0x8zdAhWm7IMKHSP_C2sQ6AEIKzAB#v=onepage&q=industrias&f=false

https://books.google.com.mx/books?id=HSy4tAEACAAJ&dq=la+industria+4.0&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwjJ6aiOx8zdAhXm24MKHWdICHoQ6AEIKDAA

https://geografia.laguia2000.com/economia/tipos-de-industria



Saludos afectuosos

Dra. Araceli García Lomelí

jueves, 13 de septiembre de 2018

IPN. PLANEACIÓN DE NEGOCIOS INTERNACIONALES. LECTURAS SOBRE INTERNACIONALIZACIÓN DE NEGOCIOS

Administrador














                                                Ciudad  de México, a 14 de septiembre del año 2018.
 Estimados todos:

Les envío bibliografía obligatoria que deberán leer para la proxima semana, lecturas relacioada con los procesos de interacionalización de las empresas y  asimismo, les envío saludos cordiales.

Dra. Araceli García Lomelí


Lecturas obligatorias:



https://books.google.com.mx/books?id=9KjkBgAAQBAJ&printsec=frontcover&dq=procesos+de+internacionalización+de+las+empresas&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwig3-mVmrndAhUNRK0KHWhmBzIQ6AEIODAD#v=onepage&q=procesos%20d


https://books.google.com.mx/books?id=T8w3zNcGGRAC&printsec=frontcover&dq=procesos+de+internacionalización+de+las+empresas&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwig3-mVmrndAhUNRK0KHWhmBzIQ6AEIKDAA#v=onepage&q=procesos%20de

sábado, 8 de septiembre de 2018

ALUMNOS DE COMERCIO INTERNACIONAL. IPN. PLANEACIÓN DE NEGOCIOS INTERNACIONALES. Lecturas obligatorias para el próximo jueves

Administrador
Resultado de imagen para IMAGEN PRODUCTOS Y SERVICIOS EN EL MERCADO






Ciudad de México, a 08 de septiembre de 2018


Estimados todos:
Anexo al prsente, les envío material de lectura obligatoria para el próximo jueves y saludos afectuosos.

Dra. Araceli García Lomelí

PRODUCTOS:

https://books.google.com.mx/books?id=1uk0DwAAQBAJ&printsec=frontcover&dq=caracter%C3%ADsticas+de+los+productos+y+de+los+servicios+en+el+mercado&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwiZ8v6fpazdAhVPOq0KHcpcDioQ6AEIMDAB#v=onepage&q=caracter%C3%ADsticas%20de%20los%20productos%20y%20de%20los%20servicios%20en%20el%20mercado&f=false

SERVICIOS:
https://books.google.com.mx/books?id=b8ESR9c6wfUC&pg=PA24&dq=caracter%C3%ADsticas+de+los+productos+y+de+los+servicios+en+el+mercado&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwiQmp79p6zdAhUF26wKHSg2AFoQ6AEIKzAA#v=onepage&q=caracter%C3%ADsticas%20de%20los%20productos%20y%20de%20los%20servicios%20en%20el%20mercado&f=false
 MERCADO
https://books.google.com.mx/books?id=bljzSIL6o0kC&pg=PA61&dq=tipos+de+mercados&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwi43-uYzMzdAhUE5YMKHTfgDI0Q6AEIPDAE#v=onepage&q=tipos%20de%20mercados&f=false





domingo, 12 de agosto de 2018

ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE PLANEACIÓN DE NEGOCIOS INTERNACIONALES. INTEGRACIÓN ECONÓMICA INTERNACIONAL

Administrador


                                                                          Ciudad de México, a 12 de Agosto de 2014.
Estimados todos:

Como lo comenté en la última clase, les señalo la actividad de aprendizaje complementario a las formas de globalización que hemos comentado en clase y que está relacionada con la lecura sobre integración económica internacional.

Actividad:

Revise el video inserto al blog

Lea la lctura entregada en clase y conteste el sifuiente cuestionamiento:

1.- ¿En qué onsistió el respaldo ideológico que sustentó los sistemas monetarios y de tarjetas de crédito?
2.- ¿En qué consistió la base monetario oro y metales preciosos?
3.- ¿Dónde se concentraba la riqueza de oro y plata durante el colonialismo?
4.-¿ En qué consistieron las acciones de Breton Woods?
5.- ¿Cómo se hace de dólaress un país?
6.- ¿En qué consistió el denominado Concenso de Washigton?
7.- ¿Qué son las políticas de tipo de cambio flexibles y qué problemas se generaron con stas políticas?
8.-¿Cuáles son las funciones del FMI?
9.- ¿Cuándo se crea el Banco Mundial y cuál es su principal objetivo?
10.- ¿Cuándo se crea el BID (Banco Interamricano de Desarrollo y cuál es su objetivo?
11.- ¿Cuál es el antecedente de la OMC (Oganización Mundial de Comercio)?
12.- ¿Qué es la OCDE y cuáles son sus principales objetivos?
13.- ¿Qué debemos entnder por zonas d intergración económica y qué formasa adopta?
14.- Explique cómo funcionan cada una de las diversas formas de integración económica.

Reciban un afectuoso saludo, está actividad se deberá entregar a más tardar el próximo micéroles al correo señalado.


Dra. Araceli García Lomelí


martes, 7 de agosto de 2018

PLANEACIÓN DE NEGOCIOS INTERNACIONALES. ENCUADRE

Administrador






Ciudad de México, 7 de agosto de 2018.

Estimados todos:

Bienvenidos, es muy grato para mi  compartir con ustedes experiencias y conocimiento.

Les informo que éste será el medio por el cual mantendremos comunicación referente a trabajos y tareas a lo largo del curso; es importante que conozcan los requisitos de envío para sus actividades de aprendizaje e investigaciones, lo anterior con el fin de evitar confusiones al momento de evaluar.

Todos las tareas deberán ser enviadas en tiempo y forma a la siguiente dirección de correo electrónico:
doctoralomeli@gmail.com

Es importante que en el asunto de cada correo incluyan el siguiente formato:

Grupo, Plantel, Nombre (empezando por apellidos), Tarea#.-Nombre de Tarea 


TAREA 1. 
 Para el próximo día 9 deben llevar a clase de forma impresa elplande negocios anexo a este block y la Ley General de Sociedads Mercantiles en sus datos.

Ecuadre

1. Propósito


Que el alumno realice actividades diversas de enseñanza y aprendizaje tanto en el salón de clase como fuera de él para generar competencias en los educandos sobre diversos contenidos, tanto legales como doctrinarios y prácticos, relacionados con la  "planeación de negocios internacionales".
  

2. Competencias

El alumno:

*Conozca de manera general los planes de negocios internacionales; analice la empresa; el producto/ servicioanalice el mercado y aprendael concepto de selección del mercado meta asi mismo, realice unanálicis y  evaluación financiera de un plan de negocios. 

* De  forma práctica y tangibe inicie una planeación de negico intrnacional sobre la base  de la posible demadas enel mercado internacional, a partir del estudio de la globalización. 


3. Contenido


Explicaciones expositivas  sobre los tópicos del tema:

Concepto de "Sociedades Mercantiles"
Naturaleza jurídica 
Fines y funciones como elementos fácticos fundamentales para la circulación de la riqueza
- Antecedtes de la empresa.
- Tipos de empresas
- Mercado
- Planeación estratégica.


4. Forma de trabajo.


Lluvia de ideas
Revisiones conceptuales doctrinarias
Revisiones conceptuales legales (marco legal)
Ejemplos de aplicaciones en casos prácticos a fin de identificar su función económica
Elaboración de un plan de negocios

5. Formas de evaluación


Mediante actividad práctica basada en un caso en el que el educando precise de la elaboración del documento y su explicación ante un grupo de compañeros sobre la función económica del título elaborado.


Examen de conocimiento
Rúbricas y ponderación en rangos del 0 a 10 puntos  de evaluación:

Rubro
Puntaje
Exposición del caso práctico                                                           


Elección del negocio                                         
- Formalidad 
- Limpieza
-Ortografía


Participación e integración en el grupo


Avance en la elaboración delplan de negocios 


6. Convenciones 


a. Las instrucciones sobre las actividades de aprendizaje que se incorporarán a su portafolio de evidencias serán proporcionadas en este blog de tareas (aracelitareas.blogspot.com)
b. Las lecturas básicas y complementarias sobre los temas se pondrán a disposición de los alumnos en el bog de tareas (aracelitareas.blogspot.com)

Ejemplo:


7. Examen diagnóstico.


Contestar las siguientes preguntas:


1. ¿Qué debemos entender por negocio?
2. ¿Qué debemos entender por empresa?
3. ¿Qué debemos entender por mercado?
4. ¿ Qué son las sociedades mercantiles?
5- ¿ Qué es una planeación?


8. Primera actividad de aprendizaje

En la clase siguiente deberan llevar de forma impresa el siguiente formato de plan de negocios (uno por equipo):


http://www.mediafire.com/file/ncgsk0yd32fjhai/PLAN_DE_NEGOCIOS_%281%29.doc/filePLANEACIÓN DE NEGOCIOS INTERNACIONALES. ENCUADRE

jueves, 22 de marzo de 2018

ESCA. MODELO DE ACTA DE ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS

Administrador



Ciudad de México, a 22 de marzo del año 2018.


Estimados todos:

La siguientes es una convocatoria para la celebración de Asamblea General de Accionistas y su acta.

Saludos afectuosos.







“ASOCIACIÓN NACIONAL DE FACULTADES
Y ESCUELAS DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN”, A.C.
SESIÓN DE CONSEJO EXTRAORDINARIA.

En la Ciudad de México, siendo las 10:00 horas del día 05 de mayo de 2017, se reunieron la totalidad de los Miembros del Consejo Nacional Directivo de la Asociación, con el objeto de celebrar una Sesión de Consejo Extraordinaria, para lo cual fueron previamente convocados.

Presidió la Asamblea el señor Juan Alberto Adam Siade,  en su carácter de Presidente y fungió como Secretario General de la misma el señor José Lino Rodríguez Sánchez, quienes ostentan los mismos cargos dentro del Consejo Nacional Directivo.
El Presidente y el Secretario General de la Sesión certifican la asistencia a ésta, de los Miembros del Consejo Nacional Directivo con la Lista de Asistencia que se agrega a la presente acta como “Anexo 1”.
Con base en la anterior certificación y toda vez que se encuentran presentes la totalidad de los Miembros del Consejo Nacional Directivo, el Presidente declaró legalmente instalada la Sesión a efecto de desahogar los asuntos que integran el siguiente:


O R D E N   D E L   D Í A

I.- EL NOMBRAMIENTO DE APODERADO Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACIÓN.

II.- EL OTORGAMIENTO DE PODERES Y facultades.

III.- EL Nombramiento de los Delegados que formalicen y den cumplimiento a las resoluciones tomadas por la SESIÓN.
IV. Recepción de renuncia de mandato y facultades por cese del cargo



DESAHOGO DEL ORDEN DEL DÍA

I.- En desahogo del PRIMER PUNTO del Orden del Día, el Presidente informa a los presentes sobre la necesidad de nombrar un Apoderado y Representante Legal, para que lleve a cabo diversos trámites a nombre de la Asociación, proponiendo en este acto al Licenciado CARLOS LOBO SÁNCHEZ para ocupar dicho cargo.

Luego de analizar la propuesta realizada por el Presidente de la presente Sesión, por unanimidad de votos, los Miembros del Consejo Nacional Directivo tomaron la siguiente:

R E S O L U C I Ó N

ÚNICA.- Se nombra al Licenciado CARLOS LOBO SÁNCHEZ como Apoderado y Representante Legal de la Sociedad.



II.- En desahogo del SEGUNDO PUNTO del Orden del Día, el Presidente informa a la Asamblea la necesidad de otorgar a favor del Licenciado CARLOS LOBO SÁNCHEZ en su carácter de Apoderado y Representante Legal de la Asociación, los siguientes poderes y facultades:

A).- PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, con todas las facultades generales y aún las especiales que de acuerdo con la ley requieran poder o cláusula especial, en los términos del párrafo primero del artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro y del artículo dos mil quinientos ochenta y siete del Código Civil para el Distrito Federal y sus artículos correlativos de los Códigos Civiles de las demás Entidades Federativas de la República Mexicana.

De manera enunciativa y no limitativa se mencionan entre otras facultades las siguientes:
I.- Para desistirse;
II.- Para transigir;
III.- Para comprometer en árbitros;
IV.- Para absolver y articular posiciones;
V.- Para recusar;
VI.- Para recibir pagos;
VII.- Para los demás actos que expresamente determine la ley. 

B).- Se faculta expresamente al Apoderado a interponer toda clase de recursos, inclusive el Juicio de Amparo, apersonándose como tercero interesado, en su caso; presentar denuncias o querellas de carácter penal, satisfaciendo los requisitos de querella de parte y los que fueren necesarios para la persecución de los delitos, se constituya en coadyuvante del Ministerio Público y se desista de los que fueren procedentes. Siga por todos sus trámites e instancias toda clase de procedimientos o juicios de jurisdicción voluntaria, contenciosos o mixtos.

C).- PODER GENERAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN, en los términos del párrafo segundo del artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito Federal y sus artículos correlativos de los Códigos Civiles de las demás Entidades Federativas de la República Mexicana.

D).- PODER PARA PLEITOS Y COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN, CON FACULTADES EXPRESAS EN MATERIA LABORAL, para articular y absolver posiciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo setecientos ochenta y seis de la Ley Federal del Trabajo, con facultad para administrar las relaciones laborales y conciliar de acuerdo con lo dispuesto en los artículos once y ochocientos setenta y seis, fracciones primera y sexta de la citada ley, así como comparecer en juicio en los términos de las fracciones primera, segunda y tercera del artículo seiscientos noventa y dos y ochocientos setenta y ocho de la mencionada ley.

La representación laboral  la ejercerá el Apoderado, con las facultades que se establecen en forma enunciativa y no limitativa, a continuación:

Podrá actuar ante o frente al o a los Sindicatos con los cuales existen celebrados contratos colectivos de trabajo, y para todos los efectos de conflictos individuales; en general para todos los asuntos obrero patronales y para ejercerse ante cualesquiera de las autoridades jurisdiccionales del ramo, Juntas Locales y Federales de Conciliación y  Arbitraje, autoridades  administrativas del trabajo, Secretaría del Trabajo y servicios sociales a que se refiere el artículo quinientos veintitrés de la Ley Federal del Trabajo; podrá asimismo comparecer ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje, ya sean Locales o Federales; en consecuencia llevará la representación patronal para efectos del artículo once, cuarenta y seis y cuarenta y siete, para los efectos de acreditar la personalidad y la capacidad en juicio o fuera de ellos, en los términos del artículo seiscientos noventa y dos, fracciones II y III (segunda y tercera); podrá comparecer al desahogo de la prueba confesional en los términos del artículo setecientos ochenta y siete y setecientos ochenta y ocho de la Ley Federal del Trabajo, con facultades para articular, absolver posiciones y desahogar la prueba confesional en todas sus partes; podrá señalar domicilios para recibir notificaciones en los términos del artículo ochocientos setenta y cinco, ochocientos setenta y seis, fracción I y VI (primera y sexta), ochocientos setenta y ocho, ochocientos setenta y nueve, y ochocientos ochenta de la ley en mención; también podrá acudir a la audiencia de desahogo de pruebas, en los términos del artículo ochocientos setenta y tres, y ochocientos setenta y cuatro de dicha ley; asimismo se le confiere igualmente facultades para proponer arreglos conciliatorios, celebrar transacciones, para tomar toda clase de decisiones, para negociar y suscribir convenios laborales; al mismo tiempo podrá actuar como representante de la empresa en calidad de administrador, respecto de toda clase de juicios o procedimientos de trabajo que se tramiten ante cualesquiera autoridades, realizar actos de celebración de contratos de trabajo y rescindirlos, para tales efectos, la Apoderada gozará de todas las facultades de un apoderado general para pleitos y cobranzas y actos de administración, en los términos de los dos primeros párrafos del artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito Federal y sus artículos correlativos de las demás entidades Federativas de la República Mexicana donde se ejerza el poder.

E).- PODER ESPECIAL, para abrir y cancelar cuentas bancarias y designar a las personas que giren contra las mismas, en cualquiera de las Instituciones que integran el Sistema Financiero, así como girar cheques en los términos del Artículo noveno de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

F).- PODER GENERAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN, en los términos del párrafo segundo del artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito Federal y sus artículos correlativos de los Códigos Civiles de las demás Entidades Federativas de la República Mexicana, para que efectúe en nombre y representación de la Asociación, todos los registros, inscripciones, solicitudes y cualesquiera otros trámites o gestiones de naturaleza fiscal o administrativa, que de conformidad con las leyes y reglamentos sean necesarios para la realización del objeto social, incluyendo de manera enunciativa, más no limitativa, ante las distintas dependencias u oficinas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público  y demás entidades recaudadoras federales o locales, incluyendo el Servicio de Administración Tributaria y la Administración Local de Recaudación del domicilio social de la Sociedad, el Registro Federal de Contribuyentes, el Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores y el Instituto Mexicano de Seguro Social, estando por lo tanto facultada para presentar, firmar y recibir la cédula de identificación fiscal de la Asociación y la correspondiente constancia de registro, toda clase de declaraciones, avisos, solicitudes y cualquier otra documentación relacionada con dichos trámites, incluyendo aquellos que se requieran para que la Sociedad esté en posibilidad de enviar y presentar sus declaraciones fiscales a través de medios electrónicos, incluyendo de manera enunciativa más no limitativa, vía internet; por lo que podrá recibir en nombre de la Asociación, todos y cualesquiera comprobantes, programas, disquetes, registros, documentos o certificados necesarios para que la Asociación pueda accesar y hacer uso del programa de presentación y llenado de declaraciones a través de medios electrónicos, implementado por el Servicio de Administración Tributaria.

G).- Facultad para otorgar poderes generales o especiales y para revocar unos y otros, así como sustituirlos.

H).- Las facultades anteriores se ejercerán ante toda clase de autoridades públicas o privadas, sean administrativas o judiciales, civiles, penales, fiscales o laborales, ya fueren de la Federación, Estatales o Municipales y ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje, Locales o Federales y Autoridades de Trabajo, firmando toda clase de documentos, instrumentos, diligencias, actos judiciales y actuaciones que se ofrezcan.

I).- De conformidad con el artículo dos mil quinientos noventa y cinco, fracción quinta del Código Civil para el Distrito Federal, el presente poder tendrá una vigencia indefinida.


            Por unanimidad de votos, la Sesión tomó la siguiente:

R E S O L U C I Ó N

         ÚNICA.- Se aprueba otorgar a favor del Licenciado CARLOS LOBO SÁNCHEZ, en su carácter de Apoderado y Representante Legal de la Sociedad, los poderes y facultades descritos anteriormente.



III.- En el desahogo de este último punto del Orden del Día el Presidente manifestó a la Asamblea que es necesario nombrar a las personas que como Delegados  tendrán a su cargo la ejecución de las resoluciones tomadas en esta sesión, por lo que por unanimidad de votos, se tomó la siguiente:




R E S O L U C I Ó N

ÚNICO. -  Se designa al Licenciado CARLOS LOBO SÁNCHEZ, como Delegado Especial para que acuda ante el Notario Público de su elección a protocolizar el acta de la presente Sesión, y a realizar los trámites que sean necesarios para cumplir con los Acuerdos tomados durante la misma.

IV. En desahogo del CUARTO PUNTO del Orden del Día, respecto de la Recepción de renuncia de mandato y facultades por cese del cargo.

Luego de analizar la propuesta realizada por el Presidente de la presente Sesión, por unanimidad de votos, los Miembros del Consejo Nacional Directivo tomaron la siguiente:


R E S O L U C I Ó N

El Presidente informa a los presentes, que el Consejo Nacional Directivo está de acuerdo por unanimidad en que, una vez que el LICENCIADO CARLOS LOBO SÁNCHEZ deje de realizar funciones ejecutivas y administrativa para la Asociación, por cambios del Consejo Nacional Directivo, se tenga por revocado el facultamiento que se le otorga mediante los acuerdos que se toman en esta Asamblea General Extraordinaria, sin que asuma responsabilidades a partir de que se produzcan los cambios referidos, o bien, se tenga por revocado el facultamiento, una vez que el Licenciado presente por escrito su renuncia al cargo ante la Asamblea y, asimismo, el Consejo Nacional Directivo informa  que a partir de la fecha en que se produzca el cese del facultamiento que se otorga al Licenciado Carlos Lobo Sánchez, se le exonera de responsabilidad alguna por actos  que realicen terceros  y que se relacionen con los facultamiento que mediante los acuerdos del Consejo Nacional Directivo se produzcan  a partir del cese de sus funciones. Asimismo, el Consejo Nacional Directivo, no se reserva en su contra, del Licenciado Carlos Lobo Sánchez   acción legal alguna, civil, penal, laboral ni de cualquier otra naturaleza en relación con los actos que realice posteriormente a su cese de facultamiento.

No habiendo más asuntos que tratar, se dio por terminada la Sesión para que se preparara la presente acta, la cual fue leída y aprobada por todos los presentes, y es firmada para constancia por el Presidente y el Secretario de la Sesión.






   _____________________________________              _____________________________________
     Juan Alberto Adam Siade                                                     José Lino Rodriguez Sánchez

martes, 20 de marzo de 2018

ESCA. Información sobre artículos de la Ley general que se refieren a derechos de los socios

Administrador

Ciudad de México, a 20 de marzo del año 2018.

Estimados todos, alumnos de la ESCA, los artículos de la ley que consignan derechos de los socios de una sociedad anónima son:

91 fracción VII inciso B), 111, 112 , 125, 195, 198 Fracción I.



Saludos afectuosos


Mtra. Araceli García Lomelí

martes, 13 de marzo de 2018

ESCA. DERECHO MERCANTIL Y LABORAL. Tarea 4

Administrador




                                                               Ciudad de México, a 13 de abril del año 2014.

Estimados todos:

Para concluir el tema de constitución de sociedades mercantiles deberán imprimir el siguiente material y llevarlo a clase:

Saludos afectuosos




http://www.colegiodenotarios.org.mx/doctos/sociedades.pdf

domingo, 4 de marzo de 2018

DERECHO MERCANTIL Y LABORAL. TAREA 2

Administrador

Ciudad  de México, 26 de febrero de 2018.


Estimados alumnos:


En el transcurso de la siguiente semana de clases, realizaremos el contrato de sociedad mercantil (escritura constitutiva), su elaboración, contará para la evaluación continúa.

Instrucciones:

-Deberán leer de los artículos 87 al 206 de la Ley general de sociedades mercantiles 
-Seremos dos equipos, cada uno constituirá una sociedad. Usted eligen con quién trabajan.
-Deberán consultar la página de la Secretaría de Economía https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/202333/Tr_mites_ante_la_Secretar_a_de_Econom_a__SE_..pdf 
- Leeremos los artículos del 87 al 206 de la Ley general de sociedades mercantiles.
-Elegiremos 5 posibles denominaciones para tener nuestro nombre social
- Los socios son ustedes, por lo tanto deberán señalar, su nombre, domicilio y nacionalidad.
- Deberán ponerse de acuerdo en la posibilidad de admitir socios extranjeros y revisar la Ley de inversión extranjera. Artículos del 1 al 6.
Del Objeto de la Ley ARTÍCULO 1o.- La presente Ley es de orden público y de observancia general en toda la República. Su objeto es la determinación de reglas para canalizar la inversión extranjera hacia el país y propiciar que ésta contribuya al desarrollo nacional. ARTÍCULO 2o.- Para los efectos de esta Ley, se entenderá por: I.- Comisión: la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras; II.- Inversión extranjera: a) La participación de inversionistas extranjeros, en cualquier proporción, en el capital social de sociedades mexicanas; b) La realizada por sociedades mexicanas con mayoría de capital extranjero; y c) La participación de inversionistas extranjeros en las actividades y actos contemplados por esta Ley. III.- Inversionista extranjero: a la persona física o moral de nacionalidad distinta a la mexicana y las entidades extranjeras sin personalidad jurídica; IV.- Registro: el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras;  Última Reforma DOF 26-06-2017 3 de 55 V.- Minerales radioactivos; VI.- (Se deroga). Fracción derogada DOF 07-06-1995 VII.- Telégrafos; VIII.- Radiotelegrafía; IX.- Correos; X.- (Se deroga). Fracción derogada DOF 12-05-1995 XI.- Emisión de billetes; XII.- Acuñación de moneda; XIII.- Control, supervisión y vigilancia de puertos, aeropuertos y helipuertos; y XIV.- Las demás que expresamente señalen las disposiciones legales aplicables. ARTÍCULO 6o.- Las actividades económicas y sociedades que se mencionan a continuación, están reservadas de manera exclusiva a mexicanos o a sociedades mexicanas con cláusula de exclusión de extranjeros: I.- Transporte terrestre nacional de pasajeros, turismo y carga, sin incluir los servicios de mensajería y paquetería; II. (Se deroga.) Fracción derogada DOF 11-08-2014 III.- Se deroga Fracción derogada DOF 14-07-2014 IV.- (Se deroga). Fracción derogada DOF 20-08-2008 V.- Instituciones de banca de desarrollo, en los términos de la ley de la materia; y VI.- La prestación de los servicios profesionales y técnicos que expresamente señalen las disposiciones legales aplicables. La inversión extranjera no podrá participar en las actividades y sociedades mencionadas en el presente artículo directamente, ni a través de fideicomisos, convenios, pactos sociales o estatutarios, esquemas de piramidación, u otro mecanismo que les otorgue control o participación alguna, salvo por lo dispuesto en el Título Quinto de esta Ley


- Revisar el artículo 27 de la constitución fracciones I Y  IV

I. Sólo los mexicanos por nacimiento o por naturalización y las sociedades mexicanas tienen derecho para adquirir el dominio de las tierras, aguas y sus accesiones o para obtener concesiones de explotación de minas o aguas. El Estado podrá conceder el mismo derecho a los extranjeros, siempre que convengan ante la Secretaría de Relaciones en considerarse como nacionales respecto de dichos bienes y en no invocar por lo mismo la protección de sus gobiernos por lo que se refiere a aquéllos; bajo la pena, en caso de faltar al convenio, de perder en beneficio de la Nación, los bienes que hubieren adquirido en virtud del mismo. En una faja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de cincuenta en las playas, por ningún motivo podrán los extranjeros adquirir el dominio directo sobre tierras y aguas.

El Estado de acuerdo con los intereses públicos internos y los principios de reciprocidad, podrá, a juicio de la Secretaría de Relaciones, conceder autorización a los Estados extranjeros para que adquieran, en el lugar permanente de la residencia de los Poderes Federales, la propiedad privada de bienes inmuebles necesarios para el servicio directo de sus embajadas o legaciones.
 I. Sólo los mexicanos por nacimiento o por naturalización y las sociedades mexicanas tienen derecho para adquirir el dominio de las tierras, aguas y sus accesiones o para obtener concesiones de explotación de minas o aguas. El Estado podrá conceder el mismo derecho a los extranjeros, siempre que convengan ante la Secretaría de Relaciones en considerarse como nacionales respecto de dichos bienes y en no invocar por lo mismo la protección de sus gobiernos por lo que se refiere a aquéllos; bajo la pena, en caso de faltar al convenio, de perder en beneficio de la Nación, los bienes que hubieren adquirido en virtud del mismo. En una faja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de cincuenta en las playas, por ningún motivo podrán los extranjeros adquirir el dominio directo sobre tierras y aguas.

El Estado de acuerdo con los intereses públicos internos y los principios de reciprocidad, podrá, a juicio de la Secretaría de Relaciones, conceder autorización a los Estados extranjeros para que adquieran, en el lugar permanente de la residencia de los Poderes Federales, la propiedad privada de bienes inmuebles necesarios para el servicio directo de sus embajadas o legaciones.



IV. Las sociedades mercantiles por acciones podrán ser propietarias de terrenos rústicos pero únicamente en la extensión que sea necesaria para el cumplimiento de su objeto.

En ningún caso las sociedades de esta clase podrán tener en propiedad tierras dedicadas a actividades agrícolas, ganaderas o forestales en mayor extensión que la respectiva equivalente a veinticinco veces los límites señalados en la fracción XV de este artículo. La ley reglamentaria regulará la estructura de capital y el número mínimo de socios de estas sociedades, a efecto de que las tierras propiedad de la sociedad no excedan en relación con cada socio los límites de la pequeña propiedad. En este caso, toda propiedad accionaria individual, correspondiente a terrenos rústicos, será acumulable para efectos de cómputo. Asimismo, la ley señalará las condiciones para la participación extranjera en dichas sociedades.

La propia ley establecerá los medios de registro y control necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto por esta fracción.

- Se debe transcribir el artículo 100 que se refiere a las facultades de las Asambleas Generales de Accionistas.



En el transcurso de la semana veremos los requisitos de escritura que faltan


- Se deberá entregar el próximo viernes


Saludos afectuosos