lunes, 24 de septiembre de 2018
Administrador
13:20:00
Ciudad de México, a 24 de septiembre del año 2018.
Estimados todos alumnos de la clase de planeación de negocios internacionales, en este blck les mando una lectura complementaria relacionada con el tema sobre las restricciones arancelarias y no arancelaras al comercio exterior, la cual revisaremos en octubre en clase, por favor revisenla, en posterior fecha les envío cuestionario y actividad de aprnsizaje de la misma.
RESTRICCIONES AL COMERCIO EXTRIOR:
file:///C:/Users/araceli/AppData/Local/Temp/Rar$DIa0.749/dinamismo-comercial.pdf
Saludos afectuosos
Dra. Araceli García Lomelí
viernes, 21 de septiembre de 2018
Administrador
10:01:00
Ciudad de México, a 2 de septiembre de2018.
Estimados todos:
Les señalo las lecturas relacionadas con el tema de "la Industria", que deberán revisar para continuar con su planeación de negocios lecturar que platicaremos en clase.
https://books.google.com.mx/books?id=QgZ3DgAAQBAJ&printsec=frontcover&dq=industrias&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwiq7OO0x8zdAhWm7IMKHSP_C2sQ6AEIKzAB#v=onepage&q=industrias&f=false
https://books.google.com.mx/books?id=HSy4tAEACAAJ&dq=la+industria+4.0&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwjJ6aiOx8zdAhXm24MKHWdICHoQ6AEIKDAA
https://geografia.laguia2000.com/economia/tipos-de-industria
Saludos afectuosos
Dra. Araceli García Lomelí
jueves, 13 de septiembre de 2018
Administrador
17:58:00
Ciudad de México, a 14 de septiembre del año 2018.
Estimados todos:
Les envío bibliografía obligatoria que deberán leer para la proxima semana, lecturas relacioada con los procesos de interacionalización de las empresas y asimismo, les envío saludos cordiales.
Dra. Araceli García Lomelí
Lecturas obligatorias:
https://books.google.com.mx/books?id=9KjkBgAAQBAJ&printsec=frontcover&dq=procesos+de+internacionalización+de+las+empresas&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwig3-mVmrndAhUNRK0KHWhmBzIQ6AEIODAD#v=onepage&q=procesos%20d
https://books.google.com.mx/books?id=T8w3zNcGGRAC&printsec=frontcover&dq=procesos+de+internacionalización+de+las+empresas&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwig3-mVmrndAhUNRK0KHWhmBzIQ6AEIKDAA#v=onepage&q=procesos%20de
sábado, 8 de septiembre de 2018
Administrador
14:16:00
Ciudad de México, a 08 de septiembre de 2018
Estimados todos:
Anexo al prsente, les envío material de lectura obligatoria para el próximo jueves y saludos afectuosos.
Dra. Araceli García Lomelí
PRODUCTOS:
https://books.google.com.mx/books?id=1uk0DwAAQBAJ&printsec=frontcover&dq=caracter%C3%ADsticas+de+los+productos+y+de+los+servicios+en+el+mercado&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwiZ8v6fpazdAhVPOq0KHcpcDioQ6AEIMDAB#v=onepage&q=caracter%C3%ADsticas%20de%20los%20productos%20y%20de%20los%20servicios%20en%20el%20mercado&f=false
SERVICIOS:
https://books.google.com.mx/books?id=b8ESR9c6wfUC&pg=PA24&dq=caracter%C3%ADsticas+de+los+productos+y+de+los+servicios+en+el+mercado&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwiQmp79p6zdAhUF26wKHSg2AFoQ6AEIKzAA#v=onepage&q=caracter%C3%ADsticas%20de%20los%20productos%20y%20de%20los%20servicios%20en%20el%20mercado&f=false
MERCADO
https://books.google.com.mx/books?id=bljzSIL6o0kC&pg=PA61&dq=tipos+de+mercados&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwi43-uYzMzdAhUE5YMKHTfgDI0Q6AEIPDAE#v=onepage&q=tipos%20de%20mercados&f=false
domingo, 12 de agosto de 2018
ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE PLANEACIÓN DE NEGOCIOS INTERNACIONALES. INTEGRACIÓN ECONÓMICA INTERNACIONAL
Administrador
6:57:00
Ciudad de México, a 12 de Agosto de 2014.
Estimados todos:
Como lo comenté en la última clase, les señalo la actividad de aprendizaje complementario a las formas de globalización que hemos comentado en clase y que está relacionada con la lecura sobre integración económica internacional.
Actividad:
Revise el video inserto al blog
Lea la lctura entregada en clase y conteste el sifuiente cuestionamiento:
1.- ¿En qué onsistió el respaldo ideológico que sustentó los sistemas monetarios y de tarjetas de crédito?
2.- ¿En qué consistió la base monetario oro y metales preciosos?
3.- ¿Dónde se concentraba la riqueza de oro y plata durante el colonialismo?
4.-¿ En qué consistieron las acciones de Breton Woods?
5.- ¿Cómo se hace de dólaress un país?
6.- ¿En qué consistió el denominado Concenso de Washigton?
7.- ¿Qué son las políticas de tipo de cambio flexibles y qué problemas se generaron con stas políticas?
8.-¿Cuáles son las funciones del FMI?
9.- ¿Cuándo se crea el Banco Mundial y cuál es su principal objetivo?
10.- ¿Cuándo se crea el BID (Banco Interamricano de Desarrollo y cuál es su objetivo?
11.- ¿Cuál es el antecedente de la OMC (Oganización Mundial de Comercio)?
12.- ¿Qué es la OCDE y cuáles son sus principales objetivos?
13.- ¿Qué debemos entnder por zonas d intergración económica y qué formasa adopta?
14.- Explique cómo funcionan cada una de las diversas formas de integración económica.
Reciban un afectuoso saludo, está actividad se deberá entregar a más tardar el próximo micéroles al correo señalado.
Dra. Araceli García Lomelí
martes, 7 de agosto de 2018
Administrador
19:43:00
Ciudad de México, 7 de agosto de 2018.
Estimados todos:
Bienvenidos, es muy grato para mi compartir con ustedes experiencias y conocimiento.
Todos las tareas deberán ser enviadas en tiempo y forma a la siguiente dirección de correo electrónico:
doctoralomeli@gmail.com
Es importante que en el asunto de cada correo incluyan el siguiente formato:
Grupo, Plantel, Nombre (empezando por apellidos), Tarea#.-Nombre de Tarea
TAREA 1.
Para el próximo día 9 deben llevar a clase de forma impresa elplande negocios anexo a este block y la Ley General de Sociedads Mercantiles en sus datos.
TAREA 1.
Para el próximo día 9 deben llevar a clase de forma impresa elplande negocios anexo a este block y la Ley General de Sociedads Mercantiles en sus datos.
Ecuadre
1. Propósito
Que el alumno realice actividades diversas de enseñanza y aprendizaje tanto en el salón de clase como fuera de él para generar competencias en los educandos sobre diversos contenidos, tanto legales como doctrinarios y prácticos, relacionados con la "planeación de negocios internacionales".
2. Competencias
El alumno:
*Conozca de manera general los planes de negocios internacionales; analice la empresa; el producto/ servicioanalice el mercado y aprendael concepto de selección del mercado meta asi mismo, realice unanálicis y evaluación financiera de un plan de negocios.
* De forma práctica y tangibe inicie una planeación de negico intrnacional sobre la base de la posible demadas enel mercado internacional, a partir del estudio de la globalización.
* De forma práctica y tangibe inicie una planeación de negico intrnacional sobre la base de la posible demadas enel mercado internacional, a partir del estudio de la globalización.
3. Contenido
Explicaciones expositivas sobre los tópicos del tema:
Concepto de "Sociedades Mercantiles"
Naturaleza jurídica
Fines y funciones como elementos fácticos fundamentales para la circulación de la riqueza
- Antecedtes de la empresa.
- Tipos de empresas
- Mercado
- Planeación estratégica.
- Antecedtes de la empresa.
- Tipos de empresas
- Mercado
- Planeación estratégica.
4. Forma de trabajo.
Lluvia de ideas
Revisiones conceptuales doctrinarias
Revisiones conceptuales legales (marco legal)
Ejemplos de aplicaciones en casos prácticos a fin de identificar su función económica
Elaboración de un plan de negocios
5. Formas de evaluación
Mediante actividad práctica basada en un caso en el que el educando precise de la elaboración del documento y su explicación ante un grupo de compañeros sobre la función económica del título elaborado.
Examen de conocimiento
Rúbricas y ponderación en rangos del 0 a 10 puntos de evaluación:
Rubro
|
Puntaje
|
Exposición del caso práctico
| |
Elección del negocio
- Formalidad
- Limpieza
-Ortografía
| |
Participación e integración en el grupo
| |
Avance en la elaboración delplan de negocios
|
6. Convenciones
a. Las instrucciones sobre las actividades de aprendizaje que se incorporarán a su portafolio de evidencias serán proporcionadas en este blog de tareas (aracelitareas.blogspot.com)
b. Las lecturas básicas y complementarias sobre los temas se pondrán a disposición de los alumnos en el bog de tareas (aracelitareas.blogspot.com)
Ejemplo:
7. Examen diagnóstico.
Contestar las siguientes preguntas:
1. ¿Qué debemos entender por negocio?
2. ¿Qué debemos entender por empresa?
3. ¿Qué debemos entender por mercado?
4. ¿ Qué son las sociedades mercantiles?
5- ¿ Qué es una planeación?
http://www.mediafire.com/file/ncgsk0yd32fjhai/PLAN_DE_NEGOCIOS_%281%29.doc/filePLANEACIÓN DE NEGOCIOS INTERNACIONALES. ENCUADRE
4. ¿ Qué son las sociedades mercantiles?
5- ¿ Qué es una planeación?
8. Primera actividad de aprendizaje
En la clase siguiente deberan llevar de forma impresa el siguiente formato de plan de negocios (uno por equipo):
http://www.mediafire.com/file/ncgsk0yd32fjhai/PLAN_DE_NEGOCIOS_%281%29.doc/filePLANEACIÓN DE NEGOCIOS INTERNACIONALES. ENCUADRE
jueves, 22 de marzo de 2018
Administrador
19:14:00
Ciudad de México, a 22 de marzo del año 2018.
Estimados todos:
La siguientes es una convocatoria para la celebración de Asamblea General de Accionistas y su acta.
Saludos afectuosos.
“ASOCIACIÓN
NACIONAL DE FACULTADES
Y ESCUELAS DE
CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN”, A.C.
SESIÓN DE
CONSEJO EXTRAORDINARIA.
En
la Ciudad de México, siendo las 10:00 horas del día 05 de mayo de 2017, se reunieron la totalidad de los Miembros del
Consejo Nacional Directivo de la Asociación, con el objeto de celebrar una
Sesión de Consejo Extraordinaria, para lo cual fueron previamente convocados.
Presidió
la Asamblea el señor Juan
Alberto Adam Siade, en su carácter de Presidente y fungió como Secretario General de la misma
el señor
José
Lino Rodríguez Sánchez, quienes ostentan los mismos cargos
dentro del Consejo Nacional Directivo.
El
Presidente y el Secretario General de la Sesión certifican la asistencia a
ésta, de los Miembros del Consejo Nacional Directivo con la Lista de Asistencia
que se agrega a la presente acta como “Anexo 1”.
Con
base en la anterior certificación y toda vez que se encuentran presentes la
totalidad de los Miembros del Consejo Nacional Directivo, el Presidente declaró
legalmente instalada la Sesión a efecto de desahogar los asuntos que integran
el siguiente:
O R D E N D E L
D Í A
I.- EL NOMBRAMIENTO DE
APODERADO Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACIÓN.
II.- EL OTORGAMIENTO DE PODERES Y facultades.
III.- EL Nombramiento de los Delegados que formalicen y
den cumplimiento a las resoluciones tomadas por la SESIÓN.
IV. Recepción de renuncia de mandato
y facultades por cese del cargo
DESAHOGO DEL
ORDEN DEL DÍA
I.- En
desahogo del PRIMER PUNTO del
Orden del Día, el Presidente informa a los presentes sobre la necesidad de
nombrar un Apoderado y Representante Legal, para que lleve a cabo diversos
trámites a nombre de la Asociación, proponiendo en este acto al Licenciado CARLOS LOBO SÁNCHEZ para ocupar dicho cargo.
Luego de analizar la propuesta
realizada por el Presidente de la presente Sesión, por unanimidad de votos, los
Miembros del Consejo
Nacional Directivo tomaron la siguiente:
R E S O L U C I Ó
N
ÚNICA.- Se nombra al Licenciado CARLOS LOBO SÁNCHEZ
como Apoderado y Representante Legal de la Sociedad.
II.- En desahogo del SEGUNDO
PUNTO del Orden del
Día, el Presidente informa a la Asamblea la necesidad de
otorgar a favor del Licenciado CARLOS
LOBO SÁNCHEZ en su carácter de Apoderado y
Representante Legal de la Asociación, los siguientes poderes y facultades:
A).- PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, con todas las facultades generales y aún las
especiales que de acuerdo con la ley requieran poder o cláusula especial, en
los términos del párrafo primero del artículo dos mil quinientos cincuenta y
cuatro y del artículo dos mil quinientos ochenta y siete del Código Civil para
el Distrito Federal y sus artículos correlativos de los Códigos Civiles de las
demás Entidades Federativas de la República Mexicana.
De manera enunciativa y no limitativa se mencionan
entre otras facultades las siguientes:
I.- Para desistirse;
II.- Para transigir;
III.- Para comprometer en árbitros;
IV.- Para absolver y articular posiciones;
V.- Para recusar;
VI.- Para recibir pagos;
VII.- Para los demás actos que expresamente determine la
ley.
B).- Se faculta expresamente al Apoderado a interponer
toda clase de recursos, inclusive el Juicio de Amparo, apersonándose como
tercero interesado, en su caso; presentar denuncias o querellas de carácter
penal, satisfaciendo los requisitos de querella de parte y los que fueren
necesarios para la persecución de los delitos, se constituya en coadyuvante del
Ministerio Público y se desista de los que fueren procedentes. Siga por todos
sus trámites e instancias toda clase de procedimientos o juicios de
jurisdicción voluntaria, contenciosos o mixtos.
C).- PODER GENERAL PARA ACTOS
DE ADMINISTRACIÓN, en los términos
del párrafo segundo del artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del
Código Civil para el Distrito Federal y sus artículos correlativos de los
Códigos Civiles de las demás Entidades Federativas de la República Mexicana.
D).- PODER PARA PLEITOS Y
COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN, CON FACULTADES EXPRESAS EN MATERIA LABORAL, para articular y absolver posiciones, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo setecientos ochenta y seis de la Ley Federal del
Trabajo, con facultad para administrar las relaciones laborales y conciliar de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos once y ochocientos setenta y seis,
fracciones primera y sexta de la citada ley, así como comparecer en juicio en
los términos de las fracciones primera, segunda y tercera del artículo
seiscientos noventa y dos y ochocientos setenta y ocho de la mencionada ley.
La representación laboral la ejercerá el Apoderado, con las facultades
que se establecen en forma enunciativa y no limitativa, a continuación:
Podrá actuar ante o frente al o a los Sindicatos con
los cuales existen celebrados contratos colectivos de trabajo, y para todos los
efectos de conflictos individuales; en general para todos los asuntos obrero
patronales y para ejercerse ante cualesquiera de las autoridades
jurisdiccionales del ramo, Juntas Locales y Federales de Conciliación y Arbitraje, autoridades administrativas del trabajo, Secretaría del
Trabajo y servicios sociales a que se refiere el artículo quinientos veintitrés
de la Ley Federal
del Trabajo; podrá asimismo comparecer ante las Juntas de Conciliación y
Arbitraje, ya sean Locales o Federales; en consecuencia llevará la
representación patronal para efectos del artículo once, cuarenta y seis y
cuarenta y siete, para los efectos de acreditar la personalidad y la capacidad
en juicio o fuera de ellos, en los términos del artículo seiscientos noventa y
dos, fracciones II y III (segunda y tercera); podrá comparecer al desahogo de
la prueba confesional en los términos del artículo setecientos ochenta y siete
y setecientos ochenta y ocho de la Ley Federal del Trabajo, con facultades para
articular, absolver posiciones y desahogar la prueba confesional en todas sus
partes; podrá señalar domicilios para recibir notificaciones en los términos
del artículo ochocientos setenta y cinco, ochocientos setenta y seis, fracción
I y VI (primera y sexta), ochocientos setenta y ocho, ochocientos setenta y
nueve, y ochocientos ochenta de la ley en mención; también podrá acudir a la
audiencia de desahogo de pruebas, en los términos del artículo ochocientos
setenta y tres, y ochocientos setenta y cuatro de dicha ley; asimismo se le
confiere igualmente facultades para proponer arreglos conciliatorios, celebrar
transacciones, para tomar toda clase de decisiones, para negociar y suscribir
convenios laborales; al mismo tiempo podrá actuar como representante de la
empresa en calidad de administrador, respecto de toda clase de juicios o
procedimientos de trabajo que se tramiten ante cualesquiera autoridades,
realizar actos de celebración de contratos de trabajo y rescindirlos, para tales
efectos, la Apoderada gozará de todas las facultades de un apoderado general
para pleitos y cobranzas y actos de administración, en los términos de los dos
primeros párrafos del artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código
Civil para el Distrito Federal y sus artículos correlativos de las demás
entidades Federativas de la República Mexicana donde se ejerza el poder.
E).- PODER ESPECIAL, para abrir y
cancelar cuentas bancarias y designar a las personas que giren contra las
mismas, en cualquiera de las Instituciones que integran el Sistema Financiero,
así como girar cheques en los términos del Artículo noveno de la Ley General de
Títulos y Operaciones de Crédito.
F).- PODER GENERAL PARA ACTOS DE
ADMINISTRACIÓN, en los términos del párrafo
segundo del artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil
para el Distrito Federal y sus artículos correlativos de los Códigos Civiles de
las demás Entidades Federativas de la República Mexicana, para que efectúe en
nombre y representación de la Asociación, todos los registros, inscripciones,
solicitudes y cualesquiera otros trámites o gestiones de naturaleza fiscal o
administrativa, que de conformidad con las leyes y reglamentos sean necesarios
para la realización del objeto social, incluyendo de manera enunciativa, más no
limitativa, ante las distintas dependencias u oficinas de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público y demás entidades recaudadoras federales o
locales, incluyendo el Servicio de Administración Tributaria y la
Administración Local de Recaudación del domicilio social de la Sociedad, el
Registro Federal de Contribuyentes, el Instituto del Fondo Nacional para la
Vivienda de los Trabajadores y el Instituto Mexicano de Seguro Social, estando
por lo tanto facultada para presentar, firmar y recibir la cédula de
identificación fiscal de la Asociación y la correspondiente constancia de
registro, toda clase de declaraciones, avisos, solicitudes y cualquier otra
documentación relacionada con dichos trámites, incluyendo aquellos que se
requieran para que la Sociedad esté en posibilidad de enviar y presentar sus
declaraciones fiscales a través de medios electrónicos, incluyendo de manera
enunciativa más no limitativa, vía internet; por lo que podrá recibir en nombre
de la Asociación, todos y cualesquiera comprobantes, programas, disquetes,
registros, documentos o certificados necesarios para que la Asociación pueda
accesar y hacer uso del programa de presentación y llenado de declaraciones a
través de medios electrónicos, implementado por el Servicio de Administración
Tributaria.
G).- Facultad para otorgar poderes generales o especiales
y para revocar unos y otros, así como sustituirlos.
H).-
Las facultades anteriores se ejercerán ante toda
clase de autoridades públicas o privadas, sean administrativas o judiciales,
civiles, penales, fiscales o laborales, ya fueren de la Federación , Estatales o
Municipales y ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje, Locales o Federales
y Autoridades de Trabajo, firmando toda clase de documentos, instrumentos,
diligencias, actos judiciales y actuaciones que se ofrezcan.
I).- De
conformidad con el artículo dos mil quinientos noventa y cinco, fracción quinta
del Código Civil para el Distrito Federal, el presente poder tendrá una
vigencia indefinida.
Por
unanimidad de votos, la Sesión tomó la siguiente:
R
E S O L U C I Ó N
ÚNICA.-
Se aprueba otorgar a favor del
Licenciado CARLOS LOBO
SÁNCHEZ, en su carácter de Apoderado
y Representante Legal de la Sociedad, los poderes
y facultades descritos anteriormente.
III.- En el
desahogo de este último punto del Orden del Día el Presidente manifestó a la
Asamblea que es necesario nombrar a las personas que como Delegados tendrán a su cargo la ejecución de las
resoluciones tomadas en esta sesión, por lo que por unanimidad de votos, se tomó
la siguiente:
R
E S O L U C I Ó N
ÚNICO. - Se designa al Licenciado
CARLOS LOBO
SÁNCHEZ, como Delegado Especial para que acuda ante el
Notario Público de su elección a protocolizar el acta de la presente Sesión, y
a realizar los trámites que sean necesarios para cumplir con los Acuerdos tomados
durante la misma.
IV. En
desahogo del CUARTO PUNTO del Orden del Día, respecto de la Recepción de renuncia de mandato y facultades por cese
del cargo.
Luego de analizar la propuesta
realizada por el Presidente de la presente Sesión, por unanimidad de votos, los
Miembros del Consejo
Nacional Directivo tomaron la siguiente:
R E S O L U C I Ó N
El Presidente
informa a los presentes, que el Consejo Nacional Directivo está de acuerdo por
unanimidad en que, una vez que el LICENCIADO CARLOS LOBO SÁNCHEZ deje de
realizar funciones ejecutivas y administrativa para la Asociación, por cambios
del Consejo Nacional Directivo, se tenga por revocado el facultamiento que se le otorga mediante los acuerdos que se toman en
esta Asamblea General Extraordinaria, sin que asuma responsabilidades a partir
de que se produzcan los cambios referidos, o bien, se tenga por revocado el
facultamiento, una vez que el Licenciado
presente por escrito su renuncia al cargo ante la Asamblea y, asimismo, el
Consejo Nacional Directivo informa que a
partir de la fecha en que se produzca el cese del facultamiento que se otorga
al Licenciado Carlos Lobo Sánchez, se le exonera de responsabilidad alguna por actos que realicen terceros y que se relacionen con los facultamiento que
mediante los acuerdos del Consejo Nacional Directivo se produzcan a partir del cese de sus funciones. Asimismo,
el Consejo Nacional Directivo, no se reserva en su contra, del Licenciado
Carlos Lobo Sánchez acción legal alguna, civil, penal, laboral ni
de cualquier otra naturaleza en relación con los actos que realice posteriormente
a su cese de facultamiento.
No
habiendo más asuntos que tratar, se dio por terminada la Sesión para que se
preparara la presente acta, la cual fue leída y aprobada por todos los
presentes, y es firmada para constancia por el Presidente y el Secretario de la
Sesión.
_____________________________________ _____________________________________
Juan Alberto Adam Siade José Lino
Rodriguez Sánchez
martes, 20 de marzo de 2018
Administrador
18:19:00
Ciudad de México, a 20 de marzo del año 2018.
Estimados todos, alumnos de la ESCA, los artículos de la ley que consignan derechos de los socios de una sociedad anónima son:
91 fracción VII inciso B), 111, 112 , 125, 195, 198 Fracción I.
Saludos afectuosos
Mtra. Araceli García Lomelí
lunes, 19 de marzo de 2018
martes, 13 de marzo de 2018
domingo, 4 de marzo de 2018
Administrador
15:22:00
Ciudad de México, 26 de febrero de 2018.
Estimados alumnos:
En el transcurso de la siguiente semana de clases, realizaremos el contrato de sociedad mercantil (escritura constitutiva), su elaboración, contará para la evaluación continúa.
Instrucciones:
-Deberán leer de los artículos 87 al 206 de la Ley general de sociedades mercantiles
-Seremos dos equipos, cada uno constituirá una sociedad. Usted eligen con quién trabajan.
-Deberán consultar la página de la Secretaría de Economía https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/202333/Tr_mites_ante_la_Secretar_a_de_Econom_a__SE_..pdf
- Leeremos los artículos del 87 al 206 de la Ley general de sociedades mercantiles.
-Elegiremos 5 posibles denominaciones para tener nuestro nombre social
- Los socios son ustedes, por lo tanto deberán señalar, su nombre, domicilio y nacionalidad.
- Deberán ponerse de acuerdo en la posibilidad de admitir socios extranjeros y revisar la Ley de inversión extranjera. Artículos del 1 al 6.
Del Objeto de la Ley
ARTÍCULO 1o.- La presente Ley es de orden público y de observancia general en toda la República.
Su objeto es la determinación de reglas para canalizar la inversión extranjera hacia el país y propiciar que
ésta contribuya al desarrollo nacional.
ARTÍCULO 2o.- Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
I.- Comisión: la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras;
II.- Inversión extranjera:
a) La participación de inversionistas extranjeros, en cualquier proporción, en el capital social de
sociedades mexicanas;
b) La realizada por sociedades mexicanas con mayoría de capital extranjero; y
c) La participación de inversionistas extranjeros en las actividades y actos contemplados por esta Ley.
III.- Inversionista extranjero: a la persona física o moral de nacionalidad distinta a la mexicana y las
entidades extranjeras sin personalidad jurídica;
IV.- Registro: el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras; Última Reforma DOF 26-06-2017
3 de 55
V.- Minerales radioactivos;
VI.- (Se deroga).
Fracción derogada DOF 07-06-1995
VII.- Telégrafos;
VIII.- Radiotelegrafía;
IX.- Correos;
X.- (Se deroga).
Fracción derogada DOF 12-05-1995
XI.- Emisión de billetes;
XII.- Acuñación de moneda;
XIII.- Control, supervisión y vigilancia de puertos, aeropuertos y helipuertos; y
XIV.- Las demás que expresamente señalen las disposiciones legales aplicables.
ARTÍCULO 6o.- Las actividades económicas y sociedades que se mencionan a continuación, están
reservadas de manera exclusiva a mexicanos o a sociedades mexicanas con cláusula de exclusión de
extranjeros:
I.- Transporte terrestre nacional de pasajeros, turismo y carga, sin incluir los servicios de mensajería
y paquetería;
II. (Se deroga.)
Fracción derogada DOF 11-08-2014
III.- Se deroga
Fracción derogada DOF 14-07-2014
IV.- (Se deroga).
Fracción derogada DOF 20-08-2008
V.- Instituciones de banca de desarrollo, en los términos de la ley de la materia; y
VI.- La prestación de los servicios profesionales y técnicos que expresamente señalen las
disposiciones legales aplicables.
La inversión extranjera no podrá participar en las actividades y sociedades mencionadas en el
presente artículo directamente, ni a través de fideicomisos, convenios, pactos sociales o estatutarios,
esquemas de piramidación, u otro mecanismo que les otorgue control o participación alguna, salvo por lo
dispuesto en el Título Quinto de esta Ley
- Revisar el artículo 27 de la constitución fracciones I Y IV
I.
Sólo
los mexicanos por nacimiento o por naturalización y las sociedades mexicanas
tienen derecho para adquirir el dominio de las tierras, aguas y sus accesiones
o para obtener concesiones de explotación de minas o aguas. El Estado podrá
conceder el mismo derecho a los extranjeros, siempre que convengan ante la
Secretaría de Relaciones en considerarse como nacionales respecto de dichos
bienes y en no invocar por lo mismo la protección de sus gobiernos por lo que
se refiere a aquéllos; bajo la pena, en caso de faltar al convenio, de perder
en beneficio de la Nación, los bienes que hubieren adquirido en virtud del
mismo. En una faja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de
cincuenta en las playas, por ningún motivo podrán los extranjeros adquirir el
dominio directo sobre tierras y aguas.
El Estado de acuerdo
con los intereses públicos internos y los principios de reciprocidad, podrá, a
juicio de la Secretaría de Relaciones, conceder autorización a los Estados
extranjeros para que adquieran, en el lugar permanente de la residencia de los
Poderes Federales, la propiedad privada de bienes inmuebles necesarios para el
servicio directo de sus embajadas o legaciones.
I.
Sólo
los mexicanos por nacimiento o por naturalización y las sociedades mexicanas
tienen derecho para adquirir el dominio de las tierras, aguas y sus accesiones
o para obtener concesiones de explotación de minas o aguas. El Estado podrá
conceder el mismo derecho a los extranjeros, siempre que convengan ante la
Secretaría de Relaciones en considerarse como nacionales respecto de dichos
bienes y en no invocar por lo mismo la protección de sus gobiernos por lo que
se refiere a aquéllos; bajo la pena, en caso de faltar al convenio, de perder
en beneficio de la Nación, los bienes que hubieren adquirido en virtud del
mismo. En una faja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de
cincuenta en las playas, por ningún motivo podrán los extranjeros adquirir el
dominio directo sobre tierras y aguas.
El Estado de acuerdo
con los intereses públicos internos y los principios de reciprocidad, podrá, a
juicio de la Secretaría de Relaciones, conceder autorización a los Estados
extranjeros para que adquieran, en el lugar permanente de la residencia de los
Poderes Federales, la propiedad privada de bienes inmuebles necesarios para el
servicio directo de sus embajadas o legaciones.
IV.
Las
sociedades mercantiles por acciones podrán ser propietarias de terrenos
rústicos pero únicamente en la extensión que sea necesaria para el cumplimiento
de su objeto.
En ningún caso las
sociedades de esta clase podrán tener en propiedad tierras dedicadas a
actividades agrícolas, ganaderas o forestales en mayor extensión que la
respectiva equivalente a veinticinco veces los límites señalados en la fracción
XV de este artículo. La ley reglamentaria regulará la estructura de capital y
el número mínimo de socios de estas sociedades, a efecto de que las tierras
propiedad de la sociedad no excedan en relación con cada socio los límites de
la pequeña propiedad. En este caso, toda propiedad accionaria individual,
correspondiente a terrenos rústicos, será acumulable para efectos de cómputo.
Asimismo, la ley señalará las condiciones para la participación extranjera en
dichas sociedades.
La propia ley
establecerá los medios de registro y control necesarios para el cumplimiento de
lo dispuesto por esta fracción.
- Se debe transcribir el artículo 100 que se refiere a las facultades de las Asambleas Generales de Accionistas.
En el transcurso de la semana veremos los requisitos de escritura que faltan
- Se deberá entregar el próximo viernes
Saludos afectuosos
En el transcurso de la semana veremos los requisitos de escritura que faltan
- Se deberá entregar el próximo viernes
Saludos afectuosos
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